España exigirá ‘veterinario de explotación’ en avícolas

El Ministerio de Agricultura de España puso a consideración pública un proyecto de real decreto para las nuevas normas básicas de ordenación de granjas avícolas.

Con el fin de actualizar y ampliar una norma previa sobre ordenación de granjas avícolas, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) de España espera hasta el 18 de junio los comentarios que los ciudadanos interesados puedan hacerle a su proyecto de real decreto, en el que se destacan tres aspectos principales.

Uno de ellos es la preocupación por las resistencias microbianas a los antibióticos, por lo que se refuerza la importancia de la bioseguridad como estrategia de prevención, al igual que el uso racional de los bactericidas con ocasión de los tratamientos terapéuticos. Muy vinculado con lo anterior, el futuro real decreto trae como novedad la obligatoriedad del ‘veterinario de explotación’ en avícolas.

También podría interesarle: Aumenta 40% el consumo de huevo en casa en España

De acuerdo con un resumen del proyecto normativo publicado por diversos medios, “en la norma se establecen de forma clara las funciones y deberes de todas las personas y entidades con responsabilidad en una granja avícola, y además se introduce la necesidad de contar con un veterinario de explotación, definido en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, del que también se recogen sus responsabilidades y funciones”.

La mencionada ley establece que “se entenderá por veterinario de explotación el veterinario o empresa veterinaria que se encuentre al servicio, exclusivo o no de una explotación, de forma temporal o permanente, para la prestación en ella de los servicios y tareas propios de la profesión veterinaria que el titular o responsable de la explotación le encomiende”.

Como tercera gran novedad, el articulado propuesto incluye por primera vez a las explotaciones de gallinas de postura, que no fueron contempladas en el todavía vigente real decreto de ordenación avícola, que data del año 2005 (RD 1084) y se centra en las instalaciones destinadas a la producción de carne de pollo (definiendo entre otras cosas, las engorrosas seis clasificaciones por tipo de producción).

Adicionalmente, la proyectada norma busca reglar el mayor espectro posible cubriendo otros componentes del negocio avícola como las plantas de incubación, las granjas cinergéticas, las de cualquier otra especie avícola distinta al Gallus gallus domesticus y las pequeñas explotaciones denominadas como “de autoconsumo o reducidas”.

El documento preliminar consta de 45 páginas y puede consultarse en el portal del mencionado ministerio. Este es el momento para que las entidades gremiales avícolas españolas den a conocer sus apreciaciones, como serían Propollo (que reúne a los productores de carne de pollo), Inprovo (aglutina a los de huevo de mesa) y Avi Alter (que agrupa las explotaciones de tipo alternativo).

X