En Perú, confirman multa de US$600,000 a San Fernando

La sanción fue ratificada por el Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual, a raíz de errores en etiquetado de alimentos procesados derivados de la carne de pollo.

Por comercializar al detal ocho productos “con etiquetas cuya denominación no reflejaba su verdadera naturaleza” durante el año pasado, la mayor empresa cárnica de Perú, San Fernando, tendrá que pagar una multa de PEN1.9 millones, cifra que equivale a cerca de US$600,000.

Así lo dio a conocer el diario limeño El Comercio, citando un comunicado del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), en específico, de su Sala Especializada de Protección al Consumidor del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual.

El nuevo pronunciamiento surge más de seis meses después de que la Comisión de Defensa de la Libre Competencia de Indecopi impusiera en primera instancia, en octubre pasado, una sanción “a la compañía San Fernando de 454,2 UIT por no cumplir con el correcto etiquetado de ocho productos alimenticios que comercializa en el mercado nacional. Considerando el monto de la UIT vigente, la multa que deberá pagar la empresa asciende a PEN1,907,640”.

La ratificación del tribunal se da en respuesta a un recurso interpuesto por la empresa cárnica luego de conocerse el primer veredicto. San Fernando, de manera voluntaria, regularizó el etiquetado de los productos cuestionados por Indecopi “tras las consideraciones de la entidad. La empresa agregó que los ocho productos en cuestión ya no se encuentran en mercado en el estado que fueron observados”.

Cuatro de los productos investigados (hamburguesa casera de pollo, paté de pollo, jamonada de pollo y apanado de pollo) “contaban con etiquetas cuya denominación no reflejaba su verdadera naturaleza; es decir, su etiqueta indicaba que eran a base de pollo, pero entre sus ingredientes también figuraban la carne y grasa de cerdo, piel de pollo y carne de pavo”.

De otro lado, el tribunal multó a San Fernando “por no señalar el nombre completo del producto en la cara de visualización principal en cuatro productos: hamburguesa súper de carne, hamburguesa súper de pollo, apanado de carne y hamburguesa casera de carne, en tanto su denominación se ubicaba al reverso de este”.

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