Argentina: nuevas normas para importar genética aviar

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) publicó la normatividad en su resolución 1519 de 2019.

La autoridad fito y zoosanitaria de la República Argentina estableció recientemente los nuevos requisitos zootécnicos para la importación de aves de un día o huevos fértiles para incubación, que garantice el ingreso al país de planteles libres de enfermedades aviares.

La información fue dada a conocer por el medio de comunicación Grupo La Provincia, el cual reprodujo y explicó el contenido de la Resolución No. 1519/2019 expedida por el gubernamental Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) y publicada en la tercera semana de noviembre en el Boletín Oficial.

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De acuerdo con el informe, “se designa aves de un día a las que tienen, como máximo, 72 horas después de haber salido del huevo; y huevos fértiles para incubar, a los fecundados, aptos para la incubación y la eclosión”.

Agregó además que “solo podrán importar aves de un día o huevos fértiles para incubación aquellas personas humanas o jurídicas titulares de establecimientos inscriptos en el Programa de Control de las Micoplasmosis y Salmonelosis de las Aves y Prevención y Vigilancia de Enfermedades Exóticas y de Alto Riesgo en planteles de reproducción, y debidamente habilitados”.

La resolución también habla de autorizar “la importación de híbridos comerciales, ya sea como aves de un día, como huevos fértiles o como reproductores adultos, únicamente para las especies pavos, patos, gansos, codornices u otras aves de especies no tradicionales industriales”.

En lo que respecta a la avicultura comercial de huevo y pollo, establece que “la importación de material genético avícola debe acreditarse su identificación genética y del origen (datos de la empresa exportadora, granja y plantel); que el linaje se encuentra adaptado localmente; y que el establecimiento de destino dispone de condiciones tecnológicas adecuadas para su recepción, sin afectar la bioseguridad del establecimiento”.

La nueva resolución tendrá vigencia de cuatro años prorrogables por una única vez, decisión fundada del Senasa.

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