Perú permite importación de gallinaza holandesa procesada

Perú permite importación de gallinaza holandesa procesada

Gallinaza en una granja avícola (Cindy Burgos Alvarado)

Los requisitos sanitarios para legalizar el trámite mercantil deben ser refrendados por la autoridad sanitaria del Reino de los Países Bajos.

Para importar abono de origen avícola (por lo general, gallinaza procesada) desde los Países Bajos, los agroempresarios peruanos deben tramitar un certificado sanitario de exportación expedido por la autoridad competente en el mencionado reino del occidente de Europa, según una disposición reciente del Ministerio de Agricultura y Riego (Minagri) del país andino.

La información fue dada a conocer por el rotativo limeño La República, el cual recalcó que en dicha certificación sanitaria deberá constar el cumplimiento de al menos ocho requisitos que transcribimos literalmente y a continuación.

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  1. El producto está hecho de estiércol de animales mantenidos en granjas, en un área que no está sujeta a medidas restrictivas con respecto a la influenza aviar.
  2. El producto no se ha obtenido a partir de aves que han sido desechadas o descartadas en el país exportador como consecuencia de un programa de erradicación de una enfermedad aviar transmisible.
  3. El producto se somete a un proceso que garantice la destrucción de los virus de influenza aviar (certificar lo que corresponda):
    1. Tratamiento térmico de al menos 70°C durante 60 minutos como mínimo.
    2. Cualquier tratamiento equivalente cuya capacidad de desactivar el virus de la influenza aviar o la enfermedad de Newcastle.
  4. Luego del procesado, se han adoptado las medidas oportunas de prevención para evitar la contaminación del producto con microorganismos potencialmente patógenos para personas y animales.
  5. El producto final ha sido peletizado.
  6. El procesado se ha llevado a cabo en instalaciones de transformación, reconocidas sometidas al control permanente de las autoridades competentes.
  7. En los envases/embalajes figura la identidad y cantidad de producto, la identificación de la instalación de transformación y el número de registro de la misma, la fecha de transformación y caducidad.
  8. Inspección pre-embarque (certificar lo que corresponda):
    1. El producto fue inspeccionado en el establecimiento donde se elaboró el producto, por los Servicios Veterinarios Oficiales del Reino de los Países Bajos.
    2. El producto fue inspeccionado en el puerto de salida por los Servicios Veterinarios Oficiales del Reino de los Países Bajos.

Por último, la decisión del Minagri indica que, “a su llegada al Perú, el producto podrá ser sometido a los controles y exámenes que determine el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa), los cuales serán con cargo a los usuarios”.

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